MANIFIESTO
DE CARGA
1.
Definición
Es
el formato que es emitido por el transportista internacional, que requiere información
acerca del medio de transporte, tipo de mercancía, cantidad, unidad de medidas,
número de bultos, peso. También los datos del importador o exportador.
2.
Objetivo
El
objetivo de un manifiesto de carga es registrar las transacciones comerciales
internacionales que entran y salen del territorio aduanero.
3.
¿Quién
emite este documento?
Lo
emite las agencias marítimas (navieras) líneas aéreas y los que ofrecen sus
servicios de transporte terrestre.
4.
Disposiciones
generales
a) Transmisión de información: registro
de información
- El manifiesto de entrada y salida
- Manifiesto de carga consolidada o desconsolidada
- Documentos vinculados al manifiesto
- Acciones con relación a la entrada y salida de las mercancías
b)Numeración
del manifiesto de carga:
Su numeración es correlativa a la
vida de transporte en las intendencias aduaneras.
c) Medios
de transición de la información:
Se puede transmitir la
información de los procesos o el registro en el portal web de la Sunat.
d)Transmisión
del transportista por la carga:
El transportista
traslada mercancía de distintas compañías y él es el responsable de la información de los documentos.
5.
Descripción
5.1. Información
relacionada con el ingreso de mercancías en la vía marítima y aérea:
a) Transmisión
o registro del manifiesto de carga y documentos vinculados:
·
El transportista debe tramitar el
manifiesto de carga incluyendo datos generales del medio de transporte,
documentos de transporte de la mercancía, documentos de transporte de carga en
tránsito para otro destino, documento que certifique que no fue desembarcada en
el destino origen y otras de la administración aduanera.
· El transportista debe tramitar el
manifiesto de carga con documentos vinculados, por ejemplo: lista de pasajeros,
equipajes, tripulantes, provisiones, armas y municiones, lista de narcóticos y
otras de la administración aduanera.
· De acuerdo a la transmisión o registro de
del manifiesto de carga desconsolidada el encargado es el agente de carga
internacional.
5.2. Plazos:
a) Manifiesto
de carga y manifiesto de carga desconsolidada
VÍA MARÍTIMA
|
VÍA AÉREA
|
48 horas antes de la llegada de la nave
|
2 horas antes de la llegada de la aeronave.
|
6.
Llegada
y autorización de la descarga
El
transportista informa la hora y fecha de la llegada del medio de transporte y
solicita la autorización de la descarga.
7.
Descarga
- Zona primaria: procede la descarga de la intendencia aduanera, una vez que obtuvo la autorización y numeral.
- Zona secundaria: el transportista o el dueño debe solicitar ante el funcionario la autorización para la descarga, adjuntando la copia de documentos de transporte, factura comercial y documentación adicional.
- Otro lugar de arribo: El transportista manifiesta la carga, de ser aceptada y se puede autorizar la descarga.
8.
Termino
de descarga:
El
término de descarga es dentro de las 6 horas después de la descarga,
correspondiente a la hora y la fecha que se culminó el último bulto de
descarga.
9.
Transmisión
de la descargar
El
transportista registra la información desde el inicio de la descarga hasta
culminar en un plazo de 8 horas, en el que el dueño debe obtener una
constancia del traslado de la mercancía al almacén.
No hay comentarios:
Publicar un comentario