viernes, 28 de junio de 2019

Regímenes de exportación


REGÍMENES DE EXPORTACIÓN




1.Definición
Régimen aduanero que permite la salida del territorio aduanero de las mercancías nacionales o nacionalizadas para su uso o consumo definitivo en el exterior y no está afecta a tributo alguno
2.Plazos
plazo de 30 días calendarios desde el día siguiente de la numeración de la declaración
*Regularización: 30 días calendarios contados desde el día siguiente de la fecha de término del embarque.
3.Régimen de Exportación Definitiva
 Documentación Exigible
  • Copia o fotocopia del documento de transporte (conocimiento de embarque, carta porte aérea o carta porte terrestre)
  •  Copia SUNAT de la factura o Boleta de Venta u otro comprobante que implique transferencia de bienes a un cliente domiciliado en el extranjero y que se encuentre señalado en el Reglamento de Comprobantes de Pago
  • Documento que acredite el mandato a favor del despachador: copia o fotocopia del documento de transporte debidamente endosado o el poder especial.
  • Salida de mercancía por aduana distinta a la de numeración de la DUA
  •  La salida de mercancías de exportación puede efectuarse por intendencia de aduana distinta a aquélla en que se numera la DUA.
  • Ingreso a un depósito temporal Toda mercancía a embarcarse con destino al exterior debe ser puesta bajo potestad aduanera para lo cual ingresa a un depósito temporal. 

4.Régimen de Exportación Temporal para reimportación en el mismo estado
Régimen aduanero que permite la salida temporal del territorio aduanero de mercancías nacionales o nacionalizadas con la finalidad de reimportarlas en un plazo determinado, sin haber experimentado modificación alguna, con excepción del deterioro normal por su uso.
5. Plazo:
Hasta 12 meses computado a partir de la fecha del término del embarque de la mercancía.
***La reimportación de la mercancía dentro del plazo autorizado***
***La exportación definitiva de la mercancía dentro del plazo autorizado.***

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